Vincent O’Brien, primer director de eBSI, impartió con gran éxito un seminario sobre este importante tema el 28 de noviembre con la ICC Hungría en Budapest.
El compromiso de la banca independiente desempeña un papel cada vez más importante como mecanismo clave para garantizar las transacciones comerciales internacionales. Este seminario analizó la evolución del crédito documentario de reserva en los negocios internacionales, así como el desarrollo de las garantías a primera demanda y las normas aplicables. Incluyó una comparativa realizada por profesionales entre el crédito de reserva, el crédito documentario tradicional y las garantías bancarias.

El seminario contó con unos 50 participantes, de los cuales unos 35 procedían del sector bancario y el resto de la comunidad de exportación e importación.
Lo más destacado del seminario fue un recorrido «paso a paso» por los 28 artículos de las Reglas Uniformes para Garantías a Primera Demanda, Publicación n.º 458 de la Cámara de Comercio Internacional, París.
Este recorrido «paso a paso» por las URDG 458, realizado por un profesional experimentado, fue muy valorado por los participantes, ya que permitió conocer la aplicación de las URDG a la luz del comercio internacional transfronterizo moderno.
El Sr. O’Brien admitió que ha habido cierta controversia en torno a la aplicación de las URDG, en particular sobre los artículos relativos a la forma de la «demanda» que debe presentar un beneficiario en virtud de una garantía URDG (Artículo 20) y la «ley aplicable» (Artículos 27 y 28).
Sin embargo, al destacar las ventajas de la claridad que aportan estos artículos a la práctica internacional de las garantías a primera demanda, O’Brien dejó claro que, en caso de que determinados artículos de las URDG no resulten adecuados para una transacción específica, dicho artículo podrá excluirse expresamente del propio instrumento de garantía. El beneficio del Subartículo 14 (c), que obliga al principal a indemnizar al garante «contra toda obligación y responsabilidad impuestas por leyes y usos extranjeros», fue muy valorado por los participantes.
Un participante de un importante banco húngaro señaló que este artículo en particular facilitará la adopción de las URDG a una escala mucho más amplia en la comunidad bancaria internacional.
El Sr. O’Brien sostuvo que, en su opinión, un mayor conocimiento de los artículos de las URDG tendrá un impacto significativo en su aplicación generalizada en la práctica diaria de las garantías a primera demanda.
El Sr. O’Brien animó a todos los profesionales a tener a mano una copia de las URDG y recomendó encarecidamente la publicación del Dr. Georges Affaki, un destacado experto mundial en garantías a primera demanda, «A User’s Handbook to the URDG». La publicación del Dr. Affaki y las propias URDG pueden obtenerse en el Comité Nacional de la ICC local o visitando www.iccbooks.com
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